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Licencia turística — Gestión profesional para vivienda vacacional

Licencia turística en España 2026: requisitos, NRU y gestión por comunidades

Cada comunidad autónoma tiene su propia normativa turística, y desde julio 2025 el NRU es obligatorio en toda España. NORA gestiona el diagnóstico normativo, el expediente completo y el seguimiento para que puedas operar con seguridad jurídica.

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¿Qué es la licencia turística y por qué es obligatoria?

La licencia turística (también llamada registro de vivienda de uso turístico o VUT) es la autorización administrativa que permite alquilar legalmente una vivienda con fines vacacionales en España. Sin ella, no puedes publicar el inmueble en plataformas como Airbnb, Booking o Vrbo sin riesgo de sanción y bloqueo del anuncio.

En España no existe una ley estatal única que regule las viviendas turísticas. La competencia es de las comunidades autónomas, y muchos ayuntamientos imponen restricciones adicionales (moratorias, zonificación, límites de densidad). Esto hace que los requisitos varíen enormemente entre Málaga, Madrid, Barcelona o Valencia.

A esta complejidad autonómica se suma, desde el 1 de julio de 2025, el NRU (Número de Registro Único), un identificador nacional obligatorio establecido por el Real Decreto 1312/2024 para cumplir con el Reglamento (UE) 2024/1028. Sin NRU, las plataformas deben bloquear el anuncio. El NRU se obtiene en la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos del Colegio de Registradores, y es independiente de la licencia turística autonómica — necesitas ambos para operar legalmente.

Requisitos de licencia turística por comunidad autónoma

Cada territorio tiene su propio procedimiento, plazos y restricciones.

Andalucía — VFT

Normativa: Decreto 28/2016 y modificaciones.

Procedimiento: Declaración responsable ante el Registro de Turismo de Andalucía. Inscripción casi inmediata.

Requisitos clave: 14 m² por plaza, mínimo 25 m², climatización por habitación, señalización obligatoria, 2 baños si >5 plazas.

Restricciones: Moratorias en zonas saturadas de Málaga y Sevilla.

Comunidad de Madrid — Doble trámite

Normativa: Decreto 79/2014 + Plan RESIDE (2025).

Procedimiento: Licencia urbanística del Ayuntamiento + declaración responsable ante la DG de Turismo.

Requisitos clave: CIVUT, extintor, plano de evacuación, señalización de emergencia, wifi.

Restricciones: Plan RESIDE limita nuevas VUT en edificios residenciales.

C. Valenciana — Compatibilidad urbanística

Normativa: Decreto 10/2021 + Decreto-ley 9/2024.

Procedimiento: Declaración responsable con informe de compatibilidad urbanística municipal previo.

Requisitos clave: Licencia de primera o segunda ocupación, referencia catastral única, seguro RC.

Restricciones: Renovación cada 5 años. Moratoria en Ciutat Vella (Valencia).

Cataluña — Regulación restrictiva

Normativa: Decreto 159/2012 + normativa municipal Barcelona.

Procedimiento: Comunicación previa al ayuntamiento + inscripción en Registro de Turismo.

Requisitos clave: Cédula de habitabilidad, certificado energético, seguro RC, registro de huéspedes ante Mossos.

Restricciones: Barcelona: prohibición total de nuevas licencias. No renovación prevista para 2028.

Documentación necesaria para la licencia turística

Documento Detalle Obligatorio en
Declaración responsable Declaración de cumplimiento de requisitos para uso turístico. Todas las CCAA
Cédula de habitabilidad / Licencia de ocupación Acredita condiciones mínimas de habitabilidad. Todas las CCAA
Certificado de eficiencia energética Etiqueta energética vigente del inmueble. Mayoría de CCAA
Seguro de responsabilidad civil Cobertura de daños a terceros. Andalucía, C. Valenciana, Cataluña
Referencia catastral Identificación catastral única del inmueble. Todas las CCAA + NRU
Informe de compatibilidad urbanística Documento municipal que confirma viabilidad del uso turístico. C. Valenciana (obligatorio), Madrid
Título de propiedad o contrato Escritura o contrato que autorice el uso turístico. Todas las CCAA

Sanciones por operar sin licencia turística

Sanción económica

Infracciones graves: 2.000-30.000 € en la mayoría de CCAA. Muy graves: hasta 150.000 € en Andalucía y hasta 600.000 € en Barcelona según precedentes municipales.

Bloqueo en plataformas

Sin NRU, Airbnb, Booking y Vrbo bloquean el anuncio. Sin licencia autonómica no puedes obtener el NRU. Efecto cascada: sin licencia → sin NRU → sin anuncio.

Pérdida de ingresos

La vivienda no puede comercializarse mientras se tramita una regularización reactiva. El lucro cesante supera fácilmente el coste de la licencia.

Costes reactivos más altos

Regularizar tras sanción o requerimiento cuesta más (abogado, subsanaciones urgentes, posibles obras) que gestionar el expediente desde el principio.

El NRU: Número de Registro Único obligatorio desde julio 2025

El NRU es un identificador nacional creado por el Real Decreto 1312/2024 en cumplimiento del Reglamento europeo (UE) 2024/1028. Desde el 1 de julio de 2025, todo alojamiento turístico anunciado en plataformas online lo necesita.

Cómo se obtiene: A través de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos del Colegio de Registradores. Se necesita referencia catastral, dirección, capacidad y confirmación de cumplimiento de la normativa autonómica.

Es independiente de la licencia turística: Tener el NRU no sustituye la licencia autonómica, y viceversa. Necesitas ambos. NORA coordina ambos procesos.

Sin NRU: Las plataformas bloquean los anuncios. Si tu vivienda estaba anunciada antes de julio 2025, debías obtenerlo en los plazos transitorios.

Proceso en 5 pasos

1

Revisión inicial

Analizamos ubicación, situación catastral y documental. Identificamos normativa autonómica y municipal aplicable.

2

Viabilidad regulatoria

Contrastamos requisitos técnicos (superficie, equipamiento, seguridad), compatibilidad urbanística y posibles moratorias.

3

Preparación del expediente

Completamos declaración responsable, reunimos documentación (cédula, certificado energético, seguro RC) y preparamos para presentación.

4

Presentación y seguimiento

Gestionamos presentación y respondemos a requerimientos o subsanaciones dentro del alcance pactado.

5

Cierre y cumplimiento

Entregamos número de registro, orientamos sobre NRU, e informamos de obligaciones continuadas (registro huéspedes, SES.HOSPEDAJES, fiscalidad).

Incluye

Alcance del servicio

  • Diagnóstico normativo por CCAA y municipio.
  • Checklist documental personalizada.
  • Declaración responsable preparada para presentación.
  • Acompañamiento en subsanaciones incluidas en encargo.
  • Resumen de obligaciones de explotación tras alta.
  • Coordinación con registro de alquiler de corta duración cuando aplique.
No incluye

Qué queda fuera

  • Obras de adecuación técnica o proyectos arquitectónicos.
  • Tasas oficiales y costes administrativos externos.
  • Certificado de eficiencia energética (gestionable por separado).
  • Seguro de responsabilidad civil (contratación directa del propietario).
  • Defensa en expedientes sancionadores no previstos en presupuesto.

Preguntas frecuentes sobre licencia turística

¿Cuánto cuesta obtener una licencia turística en España?

Las tasas oficiales varían por CCAA (entre 0 € y 100 €). El servicio de NORA cuesta 450 € + IVA, incluyendo diagnóstico, expediente y seguimiento. En Madrid, el coste total puede ser mayor por la licencia urbanística.

¿Es la misma licencia en toda España?

No. Cada CCAA tiene su normativa. Andalucía usa declaración responsable, Madrid exige doble trámite, Cataluña tiene moratoria en Barcelona, y la C. Valenciana requiere informe de compatibilidad urbanística.

¿Qué es el NRU y es obligatorio?

El NRU es un identificador nacional obligatorio desde julio 2025. Sin él, las plataformas bloquean el anuncio. Se obtiene en la Ventanilla Única Digital del Colegio de Registradores y es independiente de la licencia turística autonómica.

¿Qué sanciones hay por alquilar sin licencia?

Multas de 2.000-30.000 € por infracción grave. Hasta 150.000 € (Andalucía) o 600.000 € (Barcelona) en casos muy graves. Más bloqueo en plataformas y pérdida de ingresos.

¿Cuánto tarda en obtenerse?

Con declaración responsable (Andalucía, C. Valenciana), casi inmediata. En Madrid, 1-3 meses. La preparación correcta del expediente es clave para reducir plazos.

¿También gestionáis el registro de corta duración?

Sí. Coordinamos licencia autonómica y obligaciones del registro estatal. Más información sobre el registro de alquiler de corta duración.

¿Un extranjero puede obtener licencia turística?

Sí, sin restricciones. Necesita NIE y ser titular del inmueble. Los ingresos tributan en IRPF (residentes) o IRNR modelo 210 (no residentes). NORA también gestiona la solicitud de NIE.

¿Quieres alquilar tu vivienda como turística con seguridad jurídica?

Diagnóstico normativo, expediente completo y seguimiento desde 450 € + IVA. Tasas oficiales aparte.